Se comunica a los Operadores de
Comercio Exterior que presentan sus solicitudes de registro como
exportadores de mercancías con destino a Venezuela respecto a los
requisitos emitidos en la resolución No. SENAE-DGN-2013-0196-RE y No.
SENAE-DGN-2013-0213-RE; el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
informa que dará respuesta a su trámite en un término no mayor a quince
(15) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha
de su presentación.
Cabe mencionar que en dicho periodo se llevará a cabo
la etapa de análisis de la información presentada en la cual el
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y notificará al solicitante en
caso de presentarse novedades al respecto.
En caso de presentar novedades el Servicio Nacional
de Aduana del Ecuador enviará un requerimiento de información con los
requisitos faltantes. El solicitante deberá remitir la información
detallada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles contados a
partir del día hábil siguiente al de la notificación del mismo. Una vez
completa la información requerida, el Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador dará respuesta al trámite en un término no mayor a quince (15)
días hábiles, contados a partir de la fecha en que el solicitante
atendió a tal requerimiento.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
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