miércoles, 18 de julio de 2012

normas de etiquetado en prendas de vestir, ropa de hogar y accesorios afines".

Se recuerda a todos los Operadores de Comercio Exterior, Direcciones de Despacho de los Distritos aduaneros del País y a todos los servidores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, que en el texto del Boletín No. 148 "Recordatorio sobre normas de etiquetado en prendas de vestir, ropa de hogar y accesorios afines", publicado el 25 de junio del 2012, se transcriben los requisitos establecidos en el artículo 5.8.1.1 del REGLAMENTO TÉCNICO ECUATORIANO RTE INEN 013:2006:
"La etiqueta técnica debe contener la siguiente información:
a. Número de talla, de acuerdo a NTE INEN 257; NTE INEN 1 873 y NTE INEN 1 874, donde aplique.
b. Porcentaje de fibras y/o materiales utilizados,
c. Razón social del fabricante y/o importador,
d. País de origen,
e. Instrucciones de manejo y conservación, según anexos A de la NTE INEN 1 875,
f. Norma de referencia: NTE INEN 1 875."
Adicionalmente, la Resolución 010-2009 emitida por el Consejo Nacional de la Calidad - CONCAL, publicada en el R.O. No. 563 del 03 de abril del 2009, establece en su parte pertinente: "Se exceptúa del cumplimiento de los requisitos contemplados en el literal f) del art. 5.8.1.1. y literal e) del art. 5.9.1.1 del Reglamento Técnico RTE INEN 013 a todos los productos contemplados en dicho reglamento."
Por lo que, como alcance y aclaración al boletín 148, y en estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución mencionada, se recuerda que en prendas de vestir, ropa de hogar y accesorios afines de los productos contemplados en el RTE INEN 013 , no es necesario que la etiqueta técnica contenga la información de la "Norma de referencia NTE INEN 1875".
Asimismo, en el caso del etiquetado de calzado, en la etiqueta técnica de los productos contemplados en el mismo Reglamento Técnico RTE INEN 013 no es necesario que se contenga lo indicado en el literal e) del artículo 5.9.1.1, esto es "Norma de referencia: NTE INEN en caso de que esta exista o norma extranjera que apliquen al rotulado de calzado".
Lo que se comunica para los fines pertinentes.

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