Se comunica a todos los Operadores de Comercio
Exterior, Subdirección de Apoyo Regional, Dirección Nacional de Capitales y
Servicios Administrativos, y Direcciones Distritales del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador que, de conformidad a la competencia determinada en los
literales a), i) y j) de las Atribuciones y Responsabilidades del Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador, se van a incorporar en el sistema aduanero informático dos nuevos
rubros para pago y captación de valores del SENAE en el módulo de Liquidaciones
Manuales.
Con la finalidad de mejorar y agilitar los
procesos de pagos y captación de valores a la institución, la Dirección Nacional
de Capitales y Servicios Administrativos, va ha implementar un procedimiento
para realizar dichos procesos; por lo que a partir del 01 de marzo del 2012,
todos los OCE´s, funcionarios y público en general que deseen pagar al SENAE
algún valor por cualquier concepto, deberán solicitar previamente en todas la
Direcciones Financieras de las diferentes direcciones distritales, así como el
la Subdirección de Apoyo Regional y la Tesorería General, la emisión de un
formulario de pago a través del módulo de liquidaciones manuales a fin proceder
a cancelar dichos valores en cualquiera de las instituciones financieras que
mantienen el convenio de recaudación con el Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador. Cabe indicar que, todos los valores que actualmente son depositados en
la Cuenta Corriente No. 1043609 deberán ser pagados previo a la solicitud de una
Liquidación Manual bajo el rubro “Pago de Valores al SENAE”.
De igual forma, para aquellos usuarios que deseen
presentar garantías en efectivo y que para tal efecto han venido depositando los
valores en la cuenta corriente No. 1575627 del Banco de Guayaquil, se informa
que a partir del 01 de marzo del 2012, deberán solicitar de forma previa en
todas la Direcciones Financieras las diferentes direcciones distritales, así
como en la Subdirección de Apoyo Regional y la Tesorería General de la Dirección
General, la emisión de un formulario de pago a través del módulo de
liquidaciones manuales bajo el concepto “Garantías en Efectivo”; luego de lo
cual, deberán proceder a su cancelación en cualquiera de las instituciones
financieras que mantienen el convenio de recaudación con el Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador.
Los OCE´s deberán tomar en cuenta la presente
comunicacion por cuanto a partir del 01 de marzo del 2012 no podrán realizar más
depósitos de valores en las cuentas 10473609 y 1575627 del Banco de Guayaquil,
asi como que dichos depósitos tampoco podrán utilizarse para los diferentes
trámites en nuestra institución a partir de la fecha antes
señalada.
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