Se comunica a todos los Operadores de Comercio
Exterior, Direcciones de Despacho de los Distritos aduaneros del País y a los
servidores del SENAE que:
En virtud que el Econ. Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador, a fin de depurar las
listas dictadas originalmente con el Decreto Ejecutivo No. 1151, del 18 de junio
del 2008, expidió el Decreto Ejecutivo No. 1046, de fecha 10 de febrero de 2012, publicado en
Registro Oficial No. 701 del 11 de mayo de 2012, que en su Artículo Único
establece: "Facúltese al Ministerio de Salud Pública para que mediante Acuerdo
Ministerial establezca los productos que hayan perdido la calidad de
medicamentos o drogas de uso humano, así como también, de materia prima o
insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas, o de
envase o etiquetas importados o adquiridos en el mercado local que son
utilizados exclusivamente en la fabricación de medicamentos de uso humano, y
que, por consiguiente, se consideraran excluidos de las listas dictadas mediante
Decreto Ejecutivo No. 1151, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No.
404 del 15 de agosto del 2008".
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto
Ejecutivo 1046, el Ministerio de Salud Pública mediante Acuerdo
Ministerial No 000601, expedido el 12 de abril del 2012, publicado en
Registro Oficial No. 701 del 11 de mayo de 2012, estableció: "Artículo 1.-
Disponer que el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical 'Dr. Leopoldo
Izquieta Pérez', o quien asuma sus competencias, mantenga publicada y
actualizada permanentemente en su página web, la base de datos de medicamentos
de uso humano que cuentan con Registro Sanitario vigente".
Previo a otorgar tarifa cero por ciento (0%) del
Impuesto al Valor Agregado IVA a las importaciones de medicamentos o drogas de
uso humano; materia prima o insumos; envases o etiquetas, se deberá revisar en
la página Web del Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Dr.
Leopoldo Izquieta Pérez" los listados actualizados de las mercancías que podrán
acogerse a este beneficio.
Particular que se comunica para los fines
pertinentes.
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jueves, 7 de junio de 2012
Normativa vigente para la Aplicación de tarifa 12% o 0% de IVA en medicamentos e insumos para su elaboración.
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