Por medio del presente se informa a todos los operadores de comercio exterior
y servidores aduaneros lo expuesto en la Resolución Nº58 del Comex, publicada en
el Registro Oficial No. 726 del 18 de junio del 2012, para la prohibición de
importación de sustancias agotadoras de la capa de ozono, que en su parte
pertinente señala:
"...Artículo 1.- Incluir en el Anexo II de la
Resolución 450 del COMEXI, que contiene la Nómina de Subpartidas Arancelarias de
Prohibida importación, las siguientes subpartidas: (VER TABLA)
Esta Resolución fue adoptada en sesión
llevada a cabo el 10 de mayo de 2012 y entrará en vigencia sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial...".
Particular que se pone en conocimiento para los fines
pertinentes.
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