Se pone en conocimiento de todos los funcionarios
de las áreas de garantía y usuarios en general que el Ministerio de Finanzas ha
emitido nuevas disposiciones para el procedimiento de devolución de depósitos y
fondos de terceros a partir del 01 junio de 2012.
En virtud de lo expuesto, el trámite de
devolución de garantías constituidas en efectivo, así como cualquier otro
depósito en efectivo que deba ser devuelto a los usuarios, se gestionará por
parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador del 1 al 25 de cada
mes.
Posteriormente, la Subsecretaría del Tesoro
Nacional iniciará el pago de los depósitos y fondos de terceros, a partir del
tercer día laborable después del 25 de cada mes, fecha desde la cual podrán
verificar las acreditaciones en sus respectivas cuentas.
Cabe mencionar que dicha disposición se encuentra
establecida en el nuevo procedimiento para el manejo de devolución de depósitos
y fondos de terceros (depósitos recibidos por garantías aduaneras), publicado
por el Ministerio de Finanzas, el cual se adjunta al presente.
Los funcionarios de las áreas financieras y
garantías de todos los Distritos Aduaneros, Subdirección de Apoyo Regional y
Zona de Carga Aérea, deberán tomar nota del presente e informar debidamente a
los usuarios de los cambios establecidos por el Ministerio de
Finanzas.
Atentamente,
DIRECCION NACIONAL DE CAPITALES Y SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS
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